
El 2025 se presenta como un año decisivo para las empresas y contribuyentes en México. Las recientes reformas legales, los nuevos criterios judiciales y el endurecimiento de los controles por parte de autoridades como el SAT y la UIF obligan a repensar estrategias de cumplimiento y gestión de riesgos.
Por lo anterior, les compartimos los puntos más relevantes que debes conocer y atender para evitar consecuencias fiscales y penales.
- Delitos fiscales ahora con prisión preventiva
A partir de la reforma constitucional publicada el 31 de diciembre de 2024, ciertos delitos fiscales, como el contrabando y el uso de comprobantes fiscales vinculados a actos simulados, se clasifican como delitos que ameritan prisión preventiva automática. Esto implica que una persona acusada formalmente deberá enfrentar el proceso desde prisión, sin derecho a fianza.
El SAT puede catalogar una operación como simulada cuando detecta que el proveedor no tiene infraestructura, activos o personal suficiente para respaldar los servicios o bienes facturados. Si no puedes demostrar la materialidad y razón de negocios de tus operaciones, podrías estar en riesgo.
Además, las personas morales también pueden ser penalmente responsables, si se demuestra que el delito se cometió en su beneficio y hubo fallas en su sistema de control interno. Esto subraya la importancia de implementar modelos de cumplimiento (compliance) robustos.
- Devolución de impuestos: más restricciones y sin segundas oportunidades
Una nueva jurisprudencia de la Suprema Corte aclara que, si el SAT rechaza una devolución de saldo a favor por errores formales, el contribuyente ya no podrá subsanar con una declaración complementaria. Será obligatorio presentar un recurso legal, como el juicio de nulidad o amparo, dentro de los 30 días hábiles siguientes.
La recomendación es simple: extrema cuidado en la presentación inicial de solicitudes de devolución. Un solo error puede cerrar la puerta al trámite y derivar en largos procesos judiciales.
- Nuevas exigencias para deducir servicios
A partir de octubre de 2024, se reforzó el criterio del SAT en cuanto a las deducciones por servicios: no basta con un CFDI, ahora debes tener evidencia clara de que el servicio fue realmente prestado. Esto aplica tanto para proveedores nacionales como extranjeros.
Se considera indebida cualquier deducción por servicios que no esté respaldada con evidencia adicional como entregables, informes, contratos detallados, etc. Este criterio, aunque no vinculante, ya es aplicado por la autoridad en auditorías.
Sugerencia: Documenta cada servicio con expedientes bien armados desde el inicio del contrato, incluyendo la necesidad del servicio, los resultados entregados y su relación con la operación de tu empresa.
- Deducción de intereses y pérdidas cambiarias: solo si están pagadas
Una jurisprudencia reciente del TFJA reitera que para deducir intereses o pérdidas cambiarias, estas deben haberse pagado efectivamente. Esto impacta también en obligaciones relacionadas con IVA y retenciones de ISR, sobre todo en operaciones con el extranjero.
Esto representa un cambio importante para quienes deducen con base en devengado. Si no se acredita el pago real, la deducción puede ser rechazada y generar ajustes fiscales.
- Obligación de informar al SAT sobre socios y estructura corporativa
El aviso 295/CFF obliga a todas las personas morales a mantener actualizada su información corporativa ante el RFC. Esto incluye identificar claramente a socios, accionistas y representantes legales, así como protocolizar los cambios ante notario.
El SAT ya está condicionando ciertos trámites a la presentación de esta información, y su omisión puede derivar en multas o negativas de registro. Además, la información debe coincidir con la presentada ante la Secretaría de Economía, en el Sistema de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM).
- Prevención de lavado de dinero (PLD): la lupa sobre REPSE.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha intensificado las auditorías a sujetos obligados en materia de prevención de lavado de dinero, especialmente a quienes tienen registro REPSE. Las multas por no presentar los avisos mensuales pueden superar el millón de pesos por omisión.
Toda empresa que realice actividades vulnerables según la Ley Antilavado debe revisar si está cumpliendo con sus obligaciones de identificación de clientes, integración de expedientes, y envío de reportes.
Recomendaciones finales
El entorno legal y fiscal en México se ha vuelto más estricto, técnico y sancionador. La clave está en la prevención. Establecer sistemas de compliance efectivos, capacitar al personal clave, documentar cada operación y mantenerse al día en obligaciones informativas puede marcar la diferencia entre una auditoría sin consecuencias o un proceso penal.
En este sentido, ante un entorno cada vez más riguroso y complejo, contar con asesoría especializada marca la diferencia entre el cumplimiento oportuno y los riesgos innecesarios, en Sanchez, Aguilar y Esquer estamos preparados para acompañarlos con soluciones precisas y confiables para atenderlos de forma integral y personalizada.
En opinión de: M.I. Jonathan A. Rubio Cinco.
Quedamos a sus órdenes para aclarar cualquier duda relacionada con la presente opinión.