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Inconstitucionalidad de la Agencia Nacional de Aduanas de México

Inconsitucionalidad de la agencia nacional de aduanas de México

El 14 de julio de 2021, el Poder Ejecutivo Federal publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación a través del cual creó la Agencia Nacional de Aduanas de México, como un órgano administrativo desconcentrado de la SHCP, con carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.

Ahora bien, el 21 de junio de 2023, la empresa Alianza Estratégica Portuaria S.A. de C.V., promovió un juicio de amparo indirecto en contra de una sentencia de la Primera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dictada el 28 de abril de 2023, en la que se reconoció la validez de la imposición de una multa aplicada por el administrador de la Aduana de Manzanillo de la Agencia Nacional de Aduanas de México.

El 27 de junio de 2023, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito admitió la demanda y fue turnado a la ponencia de la magistrada Ileana Moreno Ramírez, para la formulación del proyecto de sentencia.

Según la sentencia, aprobada por unanimidad de votos el 11 de enero de 2024, el problema en analizar es en fijar si el Presidente de la República tenía facultades de otorgar atribuciones en materia aduanera a la Agencia Nacional de Aduanas de México o si tenía impedimento para ello, en virtud que esas atribuciones fueron otorgadas por el Poder Legislativo al Servicio de Administración Tributaria, ya que el Administrador de la Aduana de Manzanillo es incompetente para emitir las resoluciones en que se sancionó al quejoso en aplicación de la Ley Aduanera.

Asimismo, la juzgadora en su sentencia sostiene que el quejoso no impugna la creación de dicho órgano administrativo, sino el otorgarle atribuciones en materia aduanera que fueron conferidas en su Ley al Servicio de Administración Tributaria “para que las ejerciera de manera exclusiva”, con relación a que a la Agencia Nacional de Aduanas de México le fue conferida sus facultades mediante el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.

Inconsitucionalidad de la agencia nacional de aduanas de México

Esto implica que en tanto esa legislación no sea modificada por un proceso legislativo, las atribuciones otorgadas al Servicio de Administración Tributaria no pueden ser ejercidas por órgano distinto de su misma naturaleza y jerarquía, sino por el propio órgano a través de las unidades administrativas que le sean adscritas jerárquicamente.

Si bien la sentencia señalada sienta un importante precedente, por el momento no es de aplicación obligatorio, sin embargo, si puede servir de criterio en diversos juicios de similares circunstancias. No sobra mencionar que de repetirse este sentido por otros tribunales podría significar un serio menoscabo económico a la administración pública federal, lo que será un peso enorme en los hombros para el Poder Judicial de la Federación para la decisión final.

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