
El pasado 22 de septiembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACDO.AS2.HCT.270422/107.P.DIR, mediante el cual se aprobaron las Reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, así como su anexo único.
El presente acuerdo tiene como objeto regular los diversos procedimientos para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social por parte de los sujetos que la requieran para realizar algún trámite o cumplir con alguna obligación.
Este acuerdo deja sin efectos los acuerdos ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, ACDO.SA1.HCT.250315/62.P.DJ y ACDO.AS1.HCT.260220/64.P.DIR, dictados por el H. Consejo Técnico en sesiones ordinarias de 10 de diciembre de 2014, 25 de marzo de 2015 y 26 de febrero de 2020, respectivamente.
Algunas de las obligaciones se describen a continuación:
Asimismo, se enuncia que se deben emitir opiniones de cumplimiento de obligación en carácter de:
Para leer el acuerdo completo, ingrese a la siguiente liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5665196&fecha=22/09/2022#gsc.tab=0
Quedamos a sus órdenes para aclarar cualquier duda relacionada con la presente opinión.
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En opinión de: Lic. Gustavo Ernesto Sánchez Flores